top of page
  • Foto del escritorContaPeru Global

VENTA DE INMUEBLE DE PERSONA NATURAL - RENTA TERCERA CATEGORÍA


Hoy te presentamos 4 aspectos que debes de saber de las rentas de tercera

categoría y no segunda categoría como pretendía la persona natural, que eludía de

esta manera el pago de mayores impuestos.


  • Se debe de evaluar la intención que tiene la persona natural a la hora de comprar los inmuebles, tener en claro si va a destinarse para la venta o para casa habitación.

  • Determinar si el recurrente adquiero el inmueble con la única intensión de transferirlo, o si tales operaciones de adquisición de venta posterior del inmueble sólo deben computarse para efectos de la aplicación del concepto de habitualidad.

  • Respecto a la habitualidad para la venta de inmuebles de persona natural sin negocio, para este caso no es aplicable debido a que existe el criterio que fue recogido por la Resolución N° 15496-10-2011.

  • Se debe bancarizar los pagos por la compra de inmuebles, pues de esta manera se asegura de tener un costo computable valido para efectos tributario.

JURISPRUDENCIA:

RESOLUCION TRIBUNAL FISCAL (RTF) 10232-2-2017

bottom of page