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RETENCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS RER



Debemos precisar que las personas jurídicas que se encuentren en el régimen especial de renta que acuerden distribuir o paguen utilidades a sus accionistas personas naturales domiciliados o personas o empresas no domiciliados, se encuentra obligados a efectuar la retención por distribución de dividendos mediante PDT 617, esta situación no estaba clara debido a que los contribuyentes asumían que por ser un régimen especial y no llevar contabilidad completa no podían determinar la utilidades al cierre del ejercicio, es claro que el tema de libros es solo por el ámbito tributario lo que no impide que las empresas lleven sus controles mediante sistemas y determinen sus utilidades de esta manera, la SUNAT a establecido una opinión mediante informe 222-2007/SUNAT, donde se concluye que existe la obligación de retener siempre que ocurra primero los puestos de distribución de dividendos según ley de renta..

JURISPRUDENCIA:



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