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Declaración Reporte Financiero – ECR


Si te encuentras obligado a presentar la declaración reporte financiero, hoy te presentamos 4 datos que debes de saber antes de declarar.


1.- Definición, El ECR define el tipo de información financiera que se debe intercambiar, las instituciones financieras sujetas a reportar dicha información, los distintos tipos de cuentas, los contribuyentes reportables, así como los procedimientos de debida diligencia que las instituciones financieras deben seguir.


2.- Obligados: Están obligadas a presentar la declaración las instituciones financieras residentes en Perú o una sucursal de una institución financiera no residente en Perú si dicha sucursal se encuentra ubicada en Perú.

Se entiende por institución financiera a:

Instituciones de custodia

Instituciones de depósito

Entidades de inversión

Compañías de seguros específica

También se encuentran obligadas aquellas instituciones supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) y por la Superintendencia de Mercados de Valores (SMV).

3.- Qué cuentas financieras deberán reportarse: Las cuentas de depósito, Las cuentas de custodia, La participación en el capital o en deuda en una Institución Financiera que corresponde a una entidad de inversión u otras, Los Contratos de Seguro que reúnan las condiciones indicadas en el Reglamento, Contrato de renta particular que reúnan las condiciones indicadas en el Reglamento y Contrato de seguro con valor en efectivo que reúnan las condiciones indicadas en el Reglamento.

4.- Plazos para presentar y enviar la información financiera:

la declaración es anual para lo cual deberán tener en cuenta el periodo tributario de abril del 2021 respecto a las cuentas nuevas de personas naturales y entidades al 31-12-2020 y las cuentas preexistentes de alto y bajo valor de personas naturales al 31-12-2020.

NORMATIVIDAD


Fuente: Contaperu


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